Estudio de Detalle que afecta a las parcelas B-6.1.1 y B-6.1.2 de la Unidad Morfológica B-6 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Ripagaina

RESOLUCIÓN 1256E/2016, de 26 de octubre, de La Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba inicialmente el Estudio de Detalle que afecta a las parcelas B-6.1.1 y B-6.1.2 de la Unidad Morfológica B-6 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Ripagaina, promovido por Valentín Domeño, S.L.

El proyecto presentado afecta las parcelas catastrales números 971 y 1002 del polígono 2 del término municipal de Burlada.

El Estudio de Detalle tiene por objeto el señalamiento de alineaciones y rasantes, y el establecimiento de determinaciones morfológicas y compositivas; a fin de garantizar una solución arquitectónica unitaria para el cuerpo edificado que conforman las parcelas de referencia. También transforma la planta ático prevista en la normativa vigente en planta vivienda, pasando de B+8+A a B+9.

Se encuentra en vigor la modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Ripagaina, formulada al amparo de lo establecido en el apartado 1 de la disposición transitoria primera de la Ley Foral 6/2009, de 5 de junio, de medidas urgentes en materia de urbanismo y vivienda, promovida por la Junta de Compensación del Área de Reparto I del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal. Fue aprobada por Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 17 de mayo de 2010 (Boletín Oficial de Navarra número 68, de 4 de junio de 2010), y su normativa publicada como Texto Refundido en el Boletín Oficial de Navarra número 114, de 20 de septiembre 2010.

Así mismo, rigen sobre las parcelas en cuestión los Estudios de Detalle aprobados definitivamente por Orden Foral 90/2012, de 14 de mayo, del Consejero de Fomento y Vivienda (Boletín Oficial de Navarra número 108, de 7 de junio de 2012) y por Resolución 47E/2013, de 25 de marzo, del Director General de Ordenación del Territorio, Movilidad y Vivienda (Boletín Oficial de Navarra número 75, de 22 de abril de 2013), respectivamente.

Se trata de una modificación de determinaciones de ordenación urbanística pormenorizada objeto y competencia de un Estudio de Detalle. Se ajusta a lo establecido en la legislación urbanística de rango autonómico (artículo 62 y concordantes de la Ley Foral 35/2002), y en los instrumentos de ordenación del territorio que le afectan, en cuanto a tramitación y objeto.

Corresponde la tramitación y aprobación de este Estudio de Detalle al Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por aplicación del artículo 43.1.d) de la Ley Foral 35/2002, por tratarse de un instrumento que desarrolla un Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal.

Visto el informe emitido por el Servicio de Territorio y Paisaje, de conformidad con el artículo 76 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y en uso de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 78/2016, de 21 de septiembre, por el que aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

RESUELVO:

  1. Aprobar inicialmente el Estudio de Detalle que afecta a las parcelas B-6.1.1 y B-6.1.2 de la Unidad Morfológica B-6 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Ripagaina, promovido por Valentín Domeño, S.L.
  2. Someter el expediente, por el plazo de veinte días, a los trámites simultáneos de información pública y audiencia a los Ayuntamientos afectados, mediante la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra y en los diarios editados en Navarra.

A tales efectos, el expediente estará a disposición de los interesados en las oficinas del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local (calle Alhóndiga, 1, 1.º, 31002 Pamplona), pudiéndose presentar, por escrito, durante dicho plazo, cuantas alegaciones se consideren oportunas.

Asimismo el documento se podrá consultar en el catálogo de servicios de Gobierno de Navarra y a través del apartado “Exposición y Participación pública” de la página web del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local: www.ExposicionPublicaOT.navarra.es.

  1. Notificar la presente Resolución a los cuatro Ayuntamientos afectados por el ámbito del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal, a la Junta de Compensación, a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona y al promotor del Estudio de Detalle, a los efectos oportunos.

Pamplona, 26 de octubre de 2016.–La Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Eva García Balaguer.

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