RESOLUCIÓN 1306E/2016, de 8 de noviembre, de La Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba definitivamente la modificación del Proyecto de Urbanización de la Unidad de Ejecución UE-1 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Salesianos, relativa a los enlaces viarios, promovida por la Junta de Compensación de la citada UE-1, en el término municipal de Egüés.

Se encuentra vigente el Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal “Salesianos”, en los términos municipales de Pamplona y Egüés, promovido por la Congregación Salesiana de San Juan Bosco, el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra y la sociedad pública “Navarra de Suelo y Vivienda, S.A.”, y aprobado definitivamente por Acuerdo del Gobierno de Navarra de 13 de junio de 2012 (Boletín Oficial de Navarra número 128, de 3 de julio de 2012).

Mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra de 24 de agosto de 2016 la se aprobó definitivamente la Modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de “Salesianos”, relativa a los enlaces viarios, promovida por la Junta de Compensación de la UE-1 (Boletín Oficial de Navarra número 200, de 17 de octubre de 2016).

El presente expediente tiene por objeto la adecuación del Proyecto de Urbanización a las nuevas previsiones de planeamiento derivadas de la referida modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal, que consiste en la reducción de la urbanización de la zona incluida en el ámbito situada en la NA-2310, pasando de los cuatro carriles previstos a dos, y la modificación de la conexión con Olaz, construyendo un segundo puente sobre la PA- 30 y duplicando la calzada.

Mediante Resolución 176E/2015, de 16 de noviembre, de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio se aprobó inicialmente el expediente de modificación del Proyecto de Urbanización de la Unidad de Ejecución UE-1 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Salesianos, relativo a los enlaces viarios, promovido por la Junta de Compensación de la citada UE-1, en el término municipal de Egüés.

Dicha Resolución fue publicada en prensa el 22 de diciembre de 2015 y en el Boletín Oficial de Navarra número 250, de 17 de diciembre de 2015; quedando sometido el expediente, por el plazo de veinte días, a los trámites simultáneos de información pública y audiencia de los ayuntamientos afectados.

Durante el plazo habilitado al efecto, el 12 de enero de 2016, se presenta un escrito de alegaciones por el Concejo de Olaz.

La tramitación y aprobación de los Proyectos de Urbanización que se tramiten en ejecución de Planes Sectoriales de Incidencia Supramunicipal corresponde al Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, de conformidad con el artículo 43.1 d) de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Visto el informe emitido por el Servicio de Territorio y Paisaje, de conformidad con la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo y en uso de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 78/2016, de 21 de septiembre, por el que aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local,

RESUELVO:

  1. Admitir a trámite y resolver las alegaciones presentadas en los términos expuestos en el Informe de Alegaciones que obra en el expediente.
  2. Aprobar definitivamente la modificación del Proyecto de Urbanización de la Unidad de Ejecución UE-1 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Salesianos, relativa a los enlaces viarios, promovida por la Junta de Compensación de la citada UE-1, en el término municipal de Egüés.
  3. Indicar que la promotora estará a lo dispuesto en los informes sectoriales recabados.
  4. Con carácter previo a la recepción final de las obras de urbanización, la promotora realizará un informe con las mediciones acústicas del ámbito según el método establecido en la Ley 37/2003, del Ruido y posterior Real Decreto 1513/2005, de 19 de octubre. Estas mediciones se remitirán a la Dirección General de Obras Públicas para su valoración.

En el caso de que una vez ejecutadas las obras, no se cumpliesen los objetivos de calidad acústica del ámbito del PSIS, la entidad promotora, previamente a la recepción, adoptará, ejecutará y costeará las medidas correctoras, adicionales o complementarias, necesarias para su cumplimiento.

  1. Respecto a otras infraestructuras y servidumbres que pudieran quedar afectadas por la ejecución de las obras o que pudieran condicionar, en su caso, dicha ejecución, la promotora se proveerá de cuantas autorizaciones fueren precisas de los órganos competentes en razón de la materia de que se trate.
  2. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra y notificarla al promotor del expediente, al Ayuntamiento de Egüés, a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, a la Dirección General de Obras Públicas, a la Sección de Impacto Ambiental y Paisaje, al Servicio de Protección Civil, a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, a la Confederación Hidrográfica del Ebro y al alegante, a los efectos oportunos.
  3. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente, y Administración Local, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o, en su caso, notificación de la presente Resolución.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Pamplona, 8 de noviembre de 2016.–La Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Eva García Balaguer.

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