Calendario de domingos y festivos que se consideran hábiles y de apertura autorizada para el ejercicio de la actividad comercial en la Comunidad Foral de Navarra para el año 2020.

RESOLUCIÓN 238E/2019, de 19 de noviembre, de la Directora General de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se establece el calendario de domingos y festivos que se consideran hábiles y de apertura autorizada para el ejercicio de la actividad comercial en la Comunidad Foral de Navarra para el año 2020.

El artículo 33 de la Ley Foral 17/2001, de 12 de julio, reguladora del comercio en Navarra, determina que el Departamento competente en materia de comercio establecerá, previa audiencia del Consejo de Comercio de Navarra, el calendario que regirá al año siguiente comprensivo de los domingos y festivos que se consideren hábiles para el ejercicio de la actividad comercial en la Comunidad Foral de Navarra.

El Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial es el competente en materia de ordenación y fomento del sector del comercio interior de Navarra, conforme a lo establecido en el artículo 1 del Decreto Foral 265/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial.

Dicho Departamento ha presentado la propuesta de calendario de aperturas en festivos y domingos para el año 2020 y la ha sometido a audiencia del Consejo de Comercio de Navarra, en la sesión celebrada el 8 de noviembre de 2019.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

RESUELVO:

1.º Establecer el siguiente calendario de domingos y festivos que se consideran hábiles y de apertura autorizada para el ejercicio de la actividad comercial en la Comunidad Foral de Navarra para el año 2020:

–5 de enero.

–19 de marzo.

–9 de abril.

–10 de abril.

–5 de julio.

–15 de agosto.

–12 de octubre.

–3 de diciembre.

–7 de diciembre.

–El día de la fiesta local conforme a lo que determine al efecto la Dirección General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo.

2.º Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

3.º Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Desarrollo Económico y Empresarial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Pamplona, 19 de noviembre de 2019.–La Directora General de Turismo, Comercio y Consumo. Maitena Ezkutari Artieda.

Fuente: Gobierno de Navarra

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