Están surgiendo muchas empresas que “informan” sobre obligaciones de formación, amenazas de sanciones, etc.. sobre esta figura del Reglamento europeo de protección de datos. Queremos tranquilizar a nuestros clientes. Hasta el 25 de mayo, únicamente hay que cumplir la legislación actual. En Dataprev estamos trabajando para adaptarle a nuevo RGPD.
En esta ocasión debemos recordarle que el Nuevo Reglamento General Europeo, de carácter obligatorio para cualquier empresa que trate datos personales, obliga a ciertas empresas a tener en su organización, bien de forma interna o de forma externa, a un profesional titulado o con experiencia mínima de cinco años en materia de protección de datos, que se llamará Delegado de Protección de Datos, (DPD). Esta figura deberá controlar, supervisar y definir las medidas organizativas y técnicas vinculadas a la seguridad de la información respecto de datos personales. Por tanto ha de revisar e implementar esas cuestiones en dicha empresa. |
Lo importante es que esta figura del DPD, sólo será obligatoria en organizaciones e instituciones públicas y en entidades con más de 250 trabajadores. En el caso de empresas con menos de 250 empleados, será obligatorio el DPD cuando necesiten un seguimiento sistemático y periódico de los datos personales tratados para la monitorización o investigación de mercados, análisis de riesgos o datos crediticios o de solvencia patrimonial, así como cuando traten los citados datos catalogados de especialmente protegidos.
Si es cliente de Dataprev (Mediagest), en las próximas semanas sus consultores contactarán con usted y le explicaran qué debe hacer en todos los aspectos, que le permitan cumplir con el RGPD en su empresa. Le recomendamos que si tiene alguna duda o recibe alguna llamada que le insista en que debe hacer alguna formación, contacte con Dataprev.