Publicada la resolución por la que se declara al Casco Antiguo de Pamplona “Zona de gran afluencia Turística”

RESOLUCIÓN 487E/2017, de 19 de julio, de la Directora General de Turismo y Comercio, por la que se declara zona de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, el Casco Viejo de Pamplona durante el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 31 de agosto, ambos inclusive.

Primero.–La Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales, en su artículo 5 establece los establecimientos con régimen especial de horarios y en su apartado 1.º, dispone que, entre otros, los establecimientos ubicados en las zonas de gran afluencia turística, tendrán plena libertad para determinar los días y horas en que permanecerán abiertos al público en todo el territorio nacional.

Por su parte, el apartado 4.º de dicho artículo determina que, a los efectos de lo establecido en el párrafo anterior, las Comunidades Autónomas, a propuesta de los Ayuntamientos correspondientes, determinarán las zonas de gran afluencia turística para su respectivo ámbito territorial, considerando zonas de gran afluencia turística aquellas áreas coincidentes con la totalidad del municipio o parte del mismo en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en dicho apartado.

Asimismo este apartado establece que en los supuestos en los que la propuesta de declaración de zona de gran afluencia turística formulada por el Ayuntamiento interesado contenga alguna limitación de carácter temporal o territorial, deberán justificarse en la propuesta las razones en las que se fundan tales limitaciones, de acuerdo con los intereses comerciales, turísticos y en beneficio del consumidor.

El apartado 5.º de dicho artículo establece que, en todo caso, en los municipios con más de 100.000 habitantes que hayan registrado más de 600.000 pernoctaciones en el año inmediatamente anterior, se declarará, al menos, una zona de gran afluencia turística aplicando los criterios previstos en la Ley 1/2004 y que, para la obtención de estos datos estadísticos, se considerarán fuentes las publicaciones del Instituto Nacional de Estadística y de Puertos del Estado.

Este apartado señala, además, que si en el plazo de seis meses a partir de la publicación de estos datos, las Comunidades Autónomas no hubieran declarado alguna zona de gran afluencia turística en el municipio en el que concurran las circunstancias señaladas en el párrafo anterior, se entenderá declarada como tal la totalidad del municipio y los comerciantes dispondrán de plena libertad para la apertura de sus establecimientos durante todo el año.

Segundo.–El Instituto Nacional de Estadística publicó con fecha 23 de enero de 2017 la Encuesta de Ocupación Hotelera, que reflejaba que el número de pernoctaciones registradas en Pamplona, durante el año 2016, ascendió a 615.939.

Tercero.–El Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 5 de julio de 2017, ha presentado una propuesta de declaración del Casco Viejo de Pamplona como zona de gran afluencia turística durante el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 31 de agosto, ambos inclusive, todo ello sin perjuicio de las limitaciones que fueran de aplicación en cumplimiento de lo establecido en la normativa laboral y en los convenios colectivos aplicables.

Cuarto.–El Servicio de Ordenación y Fomento del Turismo y del Comercio ha analizado dicha propuesta y considera que se encuentra suficientemente justificada la delimitación tanto temporal como territorial de la zona de gran afluencia turística propuesta, y que, además, dicha delimitación se ajusta a los principios de necesidad y de proporcionalidad y, por ello, es favorable a la propuesta formulada por el Ayuntamiento de Pamplona.

Por lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Foral 1/2017, de 11 de enero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Económico,

RESUELVO:

1.º Declarar zona de gran afluencia turística, a efectos comerciales, el Casco Viejo de Pamplona durante el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 31 de agosto, ambos inclusive.

2.º A estos efectos, la delimitación de las calles que conforman el Casco Viejo de Pamplona, son las relacionadas en el Anexo a esta Resolución.

3.º Notificar la presente Resolución al Ayuntamiento de Pamplona.

4.º Publicar esta Resolución y su Anexo en el Boletín Oficial de Navarra.

5.º La validez de esta Resolución se mantendrá mientras persistan las circunstancias que la justifican y permanezca en vigor la normativa en la que se fundamenta, todo ello sin perjuicio de las limitaciones que fueran de aplicación en cumplimiento de lo establecido en la normativa laboral y en los convenios colectivos aplicables.

6.º Indicar que contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Desarrollo Económico, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

Pamplona, 19 de julio de 2017.–La Directora General de Turismo y Comercio, Maitena Ezkutari Artieda.

ANEXO

TIPO VÍA NOMBRE
RINCÓN ADUANA, DE LA, pares 14 a 18 (todo el Rincón)
CALLE AHUMADA, DUQUE DE, impares 3 al 7
CALLE ALDAPA, impares 1 al 5, pares 2 al 6
CALLE ANSOLEAGA, FLORENCIO DE, impares 9 al 39, pares 4 al 26
PASEO ARAZURI, DOCTOR (S/V)
RONDA BARBAZAN, OBISPO, pares 2 (toda la Ronda)
CALLE BARQUILLEROS
RINCÓN BELENAS, DE LAS (S/V)
PLAZA BURGOS, DE LOS
CALLE CALCETEROS
CALLE CALDERERÍA, impares 1 al 21
CALLE CALDERERÍA, pares 2 al 42
CALLE CAMPANA
CALLE CARMEN, impares 1 al 35
CALLE CARMEN, pares 2 al 36
PLAZA CASTILLO, DEL, impares 1 al 19, 23 al 49, pares 2 al 48
CALLE CHAPITELA
CALLE CIUDADELA
CALLE COMEDIAS, impares
CALLE COMEDIAS, pares
CALLE COMPAÑÍA
PLAZA COMPAÑÍA
PLAZA CONSEJO, impares 3
PLAZA CONSEJO, pares 2
PLAZA CONSISTORIAL, impares 1
PLAZA CONSISTORIAL, impares 3 al 5, pares 4 al 6
PLAZA CONSISTORIAL, pares 2
CALLE CURIA
CALLE DESCALZOS, impares 1 al 83, pares 54 al 82
CALLE DESCALZOS, pares 2, 22 al 52
CALLE DORMITALERÍA, impares 1 al 15, pares 4 al 40
CALLE DORMITALERÍA, pares 46 al 74
CALLE DOS DE MAYO
CALLE ESLAVA, HILARIÓN, impares 1 al 5
CALLE ESLAVA, HILARIÓN, pares 2 al 12
CALLE ESLAVA, HILARIÓN, impares 11 al 13, pares 26 al 32
CALLE ESLAVA, HILARIÓN, impares 7 al 9
CALLE ESLAVA, HILARIÓN, pares 14 al 24
TRAVESÍA EZPOZ Y MINA (S/V)
CALLE ESPOZ Y MINA, impares 1 al 17
CALLE ESTAFETA, impares 1 al 81
CALLE ESTAFETA, impares 83 al 87
CALLE ESTAFETA, pares 2 al 76
CALLE JARAUTA, JOAQUÍN, impares 1 al 37, 43 al 45, pares 2 al 26
CALLE JARAUTA, JOAQUÍN, impares 55 al 39
CALLE JARAUTA, JOAQUÍN, impares 28 al 100
CALLE JAVIER impares 1 al 9, pares 2 al 8
CALLE JAVIER, impares 9 B al 13
CALLE JAVIER, 9B al 13
CALLE JAVIER, pares 10 al 20
CALLE LABRIT, JUAN DE
CALLE LINDACHIQUIA
CALLE MAÑUETA
CALLE MAYOR, impares 1 al 49
CALLE MAYOR, impares 51 al 91
CALLE MAYOR, pares 2 al 32
CALLE MAYOR, pares 34 al 74
CALLE MERCADERES, impares 1 al 33
CALLE MERCADERES, pares 12 al 18
CALLE MERCADERES, pares 2 al 10
CALLE MERCADO
CALLE MERCED
CALLE NAVARRERÍA, impares 1 al 19
CALLE NAVARRERÍA, impares 21 al 39, pares 2 al 22
CALLE NUEVA, impares 1 al 59, pares 2 al 28
CALLE NUEVA, impares 63 al 127, pares 28 B al 32
CALLE PALACIO, CUESTA DEL
CALLE POZO BLANCO, impares 1 al 19
CALLE POZO BLANCO, pares 2 al 28
CALLE RECOLETAS
PLAZA RECOLETAS (S/V)
CALLE REDÍN
PASEO REDÍN, DEL
CALLE SALSIPUEDES, impares 1 (toda la Calle)
CALLE SAN AGUSTÍN, pares 2 al 38
CALLE SAN AGUSTÍN, impares 1 al 21, pares 38 al 40
CALLE SAN ANTÓN, pares 2 al 72
CALLE SAN ANTÓN, impares 1 al 7
CALLE SAN ANTÓN, impares 11 al 73
CALLE SAN FRANCISCO
PLAZA SAN FRANCISCO (S/V)
CALLE SAN GREGORIO
PLAZA SAN JOSÉ
CALLE SAN LORENZO
CALLE SAN MIGUEL, pares 4 al 22
CALLE SAN MIGUEL, impares 1 al 23
CALLE SAN MIGUEL, pares 2
PLAZA SAN NICOLÁS (S/V)
CALLE SAN NICOLÁS, impares 1, pares 2 al 4
CALLE SAN NICOLÁS, impares 3 al 41, pares 10 al 76
RINCÓN SAN NICOLÁS, DE
CALLE SAN SATURNINO, pares 2 al 22
CALLE SAN SATURNINO, impares 1
PLAZA SANTA ANA (S/V)
PLAZA SANTA MARÍA LA REAL, pares 2
PLAZA SANTA MARÍA LA REAL, impares 1 al 3
PLAZA SANTIAGO
CALLE SANTO ANDÍA, impares 1 al 11
CALLE SANTO ANDÍA, pares 2 al 4
CALLE SANTO DOMINGO, impares 19 al 43
CALLE SANTO DOMINGO, pares 2 al 10
PASEO SARASATE, pares 2
PASEO SARASATE, pares 20 al 38
PASEO SARASATE, pares 4 al 18
CALLE TACONERA
CALLE TEJERÍA, impares 1 al 25
CALLE TEJERÍA, impares 27 al 43, pares 2 al 40
PLAZA VIRGEN DE LA O
CALLE ZAPATERÍA, impares 1 al 19
CALLE ZAPATERÍA, impares 21 al 53
CALLE ZAPATERÍA, pares 2 al 62

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