Los trabajadores/as incluidos/as en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por cuenta Propia o Autónomos, incorporados/as a dicho Régimen Especial con anterioridad al 1 de enero de 1998, que hubieran optado por mantener la protección económica por incapacidad temporal con la entidad gestora (INSS), deberán optar por una Mutua colaboradora de la Seguridad Social durante el plazo que finaliza el 31 de marzo de 2019 (de acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria primera del Real Decreto-Lay 28/2018, de 28 de diciembre).
Para ello podrán acudir a cualquiera de las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social:
También podrán informarse en el teléfono 901 50 20 50
Relación de Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social
Fuente: Tesorería General de la Seguridad Social