Regulación sobre aplazamientos y fraccionamientos de deudas y aprueba los modelos (C06 y C08).

BON C25256ORDEN FORAL 117/2025, de 28 de noviembre, que desarrolla la regulación sobre aplazamientos y fraccionamientos de deudas y aprueba los modelos (C06 y C08) para su solicitud en el ámbito de las competencias de recaudación atribuidas a la Hacienda Foral de Navarra.

En la regulación de los aplazamientos y fraccionamientos (en adelante, solo se hará referencia al término «aplazamiento», porque se aplican las mismas normas para ambas opciones) de pago se han producido numerosas modificaciones a partir de la aprobación de la Ley Foral 20/2024, de 26 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias, mediante la que se incorporó el artículo 52 bis a la Ley Foral General Tributaria.

Por otro lado, recientemente se ha aprobado una modificación del Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra sobre la regulación de los aplazamientos de pago.

En ambas normas se hacen reiteradas menciones a la intervención de la persona titular del departamento de Economía y Hacienda para la regulación y concreción de diversas cuestiones, tales como: los supuestos en los que las deudas por retenciones, ingresos a cuenta, pagos fraccionados o pagos a cuenta pueden ser aplazables; el importe total a aplazar mínimo a partir del cual una deuda puede ser aplazable; las excepciones a la obligación de aportar garantías para aplazar; los casos en los que las garantías previstas legalmente para aplazar pueden ser sustituidas por otras; el número máximo de expedientes de aplazamiento pendientes de pago; y el número máximo de solicitudes de aplazamiento en un periodo de tiempo que determina su denegación.

 

Fuente: Gobierno de Navarra