¿Cuándo puede un comerciante realizar rebajas en Navarra?

Asociación de Comerciantes de Navarra

Los comerciantes navarros podrán decidir libremente tanto los periodos estacionales que consideren de mayor interés comercial para realizar las rebajas como la duración de las mismas.

Tras la Sentencia del Tribunal Constitucional la regulación de las rebajas en Navarra es la siguiente:

  • Libertad del comerciante para decidir la duración y el periodo de la venta en rebajas.
  • Obligación del comerciante de anunciar las fechas de rebajas elegidas, en el exterior de cada establecimiento comercial en lugar visible al público, incluso cuando dichos establecimientos permanezcan cerrados.
  • Quedan anulados de la regulación en la Comunidad Foral de Navarra los dos periodos de rebajas.
  • No existe un periodo máximo ni mínimo de rebajas.

La Sentencia del Tribunal Constitucional 59/2016, de 17 de marzo, (BOE, 22 de abril de 2016) declara inconstitucionales y nulos los siguientes apartados del artículo 46.2 de la Ley Foral 17/2001, de 12 de julio, reguladora del comercio en Navarra, en la redacción dada por el art. 3 de la Ley Foral 15/2013, de 17 de abril.:

• el inciso “con sujeción a los siguientes parámetros”;

• las letras a), b) y c)

• el inciso “dentro de los criterios establecidos en la Orden Foral” de la letra d).

Fuente: Gobierno de Navarra

Link: http://www.navarra.es/home_es/Temas/Empleo+y+Economia/Comercio+y+artesania/Comercio/Preguntas+frecuentes.htm