Ayudas para el fomento de la empresa digital 2024 del Servicio de Fomento de la Industria, que han sido publicadas mediante Resolución 668E/2024 de 7 de octubre y que pueden ser de su interés.
Resumen ayudas:
A continuación, un pequeño resumen:
- Pueden optar autónomos/as, sociedades mercantiles, cooperativas, fundaciones, asociaciones y sociedades civiles con o sin personalidad jurídica.
- Se resuelven por orden de solicitud.
- Plazo máximo de solicitud: 30 de noviembre (o fin de fondos).
- Existen 4 tipos de proyectos subvencionables y se realiza una solicitud por proyecto, si bien en su caso lo más probable es que le interese solicitar el Tipo A: Implantación de soluciones TIC que resuelvan una problemática o generen una oportunidad de negocio en la empresa (el objeto se detalla en la base 3.2.1).
- El proyecto subvencionable debe de estar ejecutado en su totalidad en la fecha de solicitud (fecha máxima 30 de noviembre).
- El importe mínimo de gasto (importe sin IVA) en el proyecto es de 2.500€ para Tipos A y B, mientras que para Tipo C y D, son 300€ mínimo.
- El importe máximo de ayuda es 30.000€, si bien hay casos en los que se puede aumentar dicho límite (base 5.2).
- La documentación a presentar sale en la base 7 y en la ficha de la ayuda puede descargar los documentos para cada Tipo.
- Estas son las tablas de porcentaje de ayuda a recibir:
| Actuaciones subvencionables |
Gasto mínimo
(IVA no incl.) |
% subvención |
%
subvención
adicional |
Subvención máxima por actuación |
| Tipo A: Soluciones TIC aplicadas a la «transformación digital» de la empresa |
2.500€ |
35% |
– 15% Empresas con menos de 15 personas de plantilla media en el año 2023
– 5% medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres |
30.000€ |
| Tipo B: Oportunidades de transformación digital detectadas en el PTD |
2.500€ |
45% |
30.000€ |
| Tipo C: Formación en competencias digitales |
300€ |
90% |
No hay |
30.000€ |
| Tipo D: Auditorías en materia de ciberseguridad |
300€ |
50% |
No hay |
30.000€ |
Gastos subvencionables, presupuesto mínimo y periodo de ejecución
Los gastos subvencionables serán los facturados a la beneficiaria de la ayuda por la ejecución del proyecto por parte de empresas externas. En concreto:
- Gastos por la consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, planificación, definición y desarrollo directamente relacionados con la solución implantada.
- Gastos de licencias de software específicas (on premise o cloud), directamente relacionados con la solución innovadora implantada. Estos gastos en ningún caso consistirán en actividades permanentes o periódicas, ni estarán relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa.
- Gastos por la adquisición de bienes de equipo y las inversiones en hardware, sensores, automatismos y equipos de comunicaciones, directamente asociados al proyecto de implantación.
- Queda excluida la adquisición de ordenadores personales y servidores, impresoras, terminales, displays, tabletas, consolas y similares, salvo en los casos en que actúen como interface de captura de datos en procesos de fabricación.
- Gastos de formación en competencias digitales.
- Gastos de auditoría en ciberseguidad.
El periodo para la ejecución de los proyectos y para la realización de los gastos subvencionables estará comprendido entre el 1 de enero de 2024 y la fecha de solicitud de la ayuda. A estos efectos, se entenderá que el gasto está realizado cuando se haya facturado y pagado dentro de dicho periodo.
IMPORTANTE: Las subvenciones se conceden por orden de presentación de solicitudes y hay que presentar junto con la solicitud de la ayuda tanto las facturas como los justificantes de pago.
Más información y solicitud
Para cualquier duda, puede contactar con el Servicio de Fomento de la Industria:
Teléfono: 848 420 558
Correo electrónico: industria4.0@navarra.es
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