Prohibida la entrega de bolsas de plástico en los comercios

Desde el 1 de enero de 2020 está terminantemente prohibida la entrega de bolsas de plástico en los comercios tal y como establece el punto 2 del artículo 23 de la Ley Foral 14/2018 de residuos y su fiscalidad.

¿Qué bolsas se pueden entregar en los establecimientos? Bolsas de plástico  compostable que cumplan los requisitos establecidos por la norma UNE-EN 13432:2000 o equivalente.

También se pueden entregar bolsas de papel o bolsas reutilizables.

¿Es obligatorio el cobro de las bolsas? Es obligatorio cobrar las bolsas de plástico compostable tal y como establece el artículo 23 de Ley Foral 14/2018, Ley Foral de Residuos y su fiscalidad.

¿Es obligatorio cobrar las bolsas de papel o las bolsas reutilizables? No es obligatorio cobrar las bolsas de papel o las bolsas reutilizables.

¿Se pueden cobrar a los clientes y clientas las bolsas de papel o las bolsas reutilizables? El cobro de este tipo de bolsas lo determina el comerciante, las puede cobrar si así lo decide.  En el caso de que el comerciantes decida cobrar las bolsas de papel o bolsas reutilizables tendrá la obligación de indicar el precio como si de un artículo más se tratase.

 

Ley Foral 14/2018 de Residuos y su Fiscalidad, artículo 23 punto2

Artículo 23. Utilización de bolsas de plástico y de la venta de vajilla de un solo uso y de productos envasados en monodosis o cápsulas de un solo uso.

  1. A partir del 1 de enero de 2020:

Se prohíbe la entrega de bolsas de plástico al consumidor en los puntos de venta de bienes o productos, así como en la entrega a domicilio o suministradas en venta online, a excepción de las bolsas de plástico compostable que cumplan los requisitos de la norma UNE-EN 13432:2000 o equivalente y estas no podrán ser entregadas o distribuidas de forma gratuita.

Resumen ejecutivo Ley Foral 1472018 de residuos y su fiscalidad

Ley Foral 1472018 de residuos y su fiscalidad

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